Allanamientos en Liniers
En el marco de la lucha contra la venta ilegal en el espacio público, la FISCALIA de la Ciudad ordenó 18 allanamientos simultáneos en lugares que se utilizaban como depósitos de mercadería ilegal en el barrio de Liniers y en Ciudadela.
En el operativo se secuestraron más de 600 bultos de mercadería que contenían indumentaria, bijouterie, juguetes, alimentos en mal estado, celulares y ropa blanca, entre otras cosas. Uno de los allanamientos se realizó en un galpón ubicado en la calle D´Onofrio, de la localidad de Ciudadela, que contenía más de 300 bultos de mercadería que vendían los llamados “manteros” sobre la avenida Rivadavia en la zona de Liniers.
En otro allanamiento en la calle José León Suárez al 200 se decomisó 13.228 kg de alimentos y 45 litros de bebidas en mal estado que serán destruidos. El operativo incluyó domicilios que eran usados como depósitos de la mercadería ilegal y también como viviendas precarias. Durante los allanamientos se identificó a más de 50 personas con ayuda de la Dirección Nacional de Migraciones.
También se incautaron más de 100 carros que utilizaban los manteros para trasladar sus productos, estructuras metálicas y de madera para armar los puestos, entre otros elementos que sirven para la venta callejera.
La Agencia Gubernamental de Control del Gobierno de la Ciudad clausuró tres lugares allanados por la precariedad de las viviendas. Al mismo tiempo la AFIP y la AGIP tomaron nota del volumen de la actividad para iniciar las correspondientes pesquisas por evasión impositiva.
El caso es llevado adelante por la Unidad de Investigaciones Complejas de la Unidad Fiscal Oeste, a cargo del Fiscal de Cámara Martín Lapadú. Los allanamientos fueron dispuestos por el Juzgado Penal, Contravencional y Faltas N° 28, a cargo de la jueza María Julia Correa. Y los realizó la Policía Metropolitana. Además participaron del operativo el Cuerpo de Investigaciones Judiciales de la Fiscalía de la Ciudad, la Agencia Gubernamental de Control, Dirección General de Espacio Público, entre otros organismos del Gobierno de la Ciudad.
Las investigaciones encomendadas por el Ministerio Público Fiscal al Cuerpo de Investigaciones Judiciales de la Fiscalía de la Ciudad dieron como resultado la existencia de una posible organización que actúa de manera coordinada infringiendo sistemáticamente el artículo 83 del Código Contravencional. Y que además cometen delitos como evasión tributaria y lavado de dinero.
Luis Cevasco, a cargo de la Fiscalía General de la Ciudad, señaló que “desde que en menos de dos meses el Ministerio Público Fiscal lleva más de 40 allanamientos a depósitos que guardan mercadería ilegal y se va a continuar con los operativos en Caballito, Flores, Liniers y otros barrios” Y agregó que “la Fiscalía persigue a las organizaciones delictivas que se apropian del espacio público, lucran con la pobreza, evaden impuestos, lavan dinero, se aprovechan del trabajo esclavo y perjudican al comercio legal establecido”.
En el caso se logró identificar distintos inmuebles cercanos a la zona de la avenida Rivadavia altura Liniers donde se almacenaban mercaderías destinadas a la venta ilegal en espacios públicos. También se pudo constatar que existe una organización que trasladaba todos los días esos productos en varios vehículos hasta los puestos callejeros en la avenida donde era comercializada. Finalizada la jornada, las camionetas los recogían y los guardaban en los depósitos.
“Este es un importe golpe contra la venta clandestina en Liniers-explicó el Fiscal de Cámara de la Unidad Fiscal Oeste, Martín Lapadú-. Seguimos trabajando contra las mafias organizadas que explotan a los trabajadores”.
Artículo 83. USAR INDEBIDAMENTE EL ESPACIO PÚBLICO Quien realiza actividades lucrativas no autorizadas en el espacio público es sancionado/a con multa de quinientos ($ 500) a mil ($ 1.000) pesos. Quien organiza actividades lucrativas no autorizadas en el espacio público, en volúmenes y modalidades similares a las del comercio establecido, es sancionado/a con multa de diez mil ($ 10.000) a sesenta mil ($ 60.000) pesos. No constituye contravención la venta ambulatoria en la vía pública o en transportes públicos de baratijas o artículos similares, artesanías y, en general, la venta que no implique una competencia desleal efectiva para con el comercio establecido, ni la actividad de los artistas callejeros en la medida que no exijan contraprestación pecuniaria. (Conforme texto del Artículo 15 de la Ley Nº 4121; BOCBA Nº 3852 del 10/02/2012)